Notas
[1] Ver páginas 16-19 y Anexos C y D.
[2] Informe del Relator especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, James Anaya, Doc. ONU A/HRC/9/9 (2008), parág. 85: La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas «representa un entendimiento común fehaciente, en el plano global, del contenido mínimo de los derechos de los pueblos indígenas, que se fundamenta en diversas fuentes de normas internacionales de derechos humanos. Producto de un prolongado proceso de redacción que involucra las demandas expresadas por los propios pueblos indígenas, la Declaración refleja y se basa en normas de derechos humanos de aplicación general, tal como las interpretan y aplican las Naciones Unidas y los órganos regionales creados en virtud de tratados, así como en las normas formuladas por [...] otros instrumentos y procesos pertinentes».
[3] Oviedo et al. (2000) Indigenous and Traditional Peoples of the World and Ecoregion Conservation: An Integrated Approach to Conserving the World's Biological and Cultural Diversity. WWF & Terralingua. http://d2ouvy59p0dg6k.cloudfront.net/downloads/EGinG200rep.pdf